Es una actividad basada en el principio de legalidad y está contemplada en título IV, Capítulo I, a partir del artículo 121 y siguientes del COT, donde se establece que la Administración tributaria tendrá las facultades, atribuciones y funciones que establezca la Ley de la Administración Tributaria, demás leyes y reglamentos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
Chacon, J. (2016). Estructura Obligacional Tributaria Venezolana. Youtube.com. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=Ot6Gysr4Kw8
Código Orgánico Tributario. (COT, 2014). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.359 de fecha 19 de Febrero de 2014. Caracas, Venezuela.

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